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Modelo 130: qué es, cómo se calcula y cuándo se paga

El modelo 130 es el pago fraccionado con el que un autónomo va adelantando su IRPF trimestre a trimestre, en vez de pagarlo todo de golpe en la renta. Es el 20 % de lo que llevas ganado en el año, menos lo que ya has adelantado. Aquí tienes el cálculo con un ejemplo, los plazos, cómo se paga y quién no tiene que presentarlo.

21 de agosto de 2026 · 9 min de lectura

Qué es el modelo 130

El modelo 130 es la autoliquidación trimestral con la que los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) hacen un pago fraccionado a cuenta del IRPF. Mucha gente lo llama el «impuesto 130», pero no es un impuesto distinto: es un anticipo del IRPF que luego se resta de la cuota final en la declaración de la renta. Si has adelantado de más, Hacienda te lo devuelve en la renta; si has adelantado de menos, pagas la diferencia entonces.

Sirve para que no te llegue toda la factura del año en junio. Cada trimestre declaras cómo va tu actividad desde el 1 de enero y pagas una parte proporcional.

Quién tiene que presentarlo

Lo presentan las personas físicas que ejercen una actividad económica (empresarial o profesional) y tributan en estimación directa. Quien está en estimación objetiva (módulos) no presenta el 130, sino el modelo 131, que se calcula de otra forma. Las sociedades tampoco: tributan por el Impuesto sobre Sociedades.

Quién queda exonerado

Si tu actividad es profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevaron retención (los clientes te retuvieron IRPF en la factura), no estás obligado a presentar el 130. Es el caso típico de quien factura casi todo a empresas o a otros profesionales. Si facturas sobre todo a particulares, que no retienen, te toca presentarlo.

En el primer año de actividad el porcentaje se mira con los ingresos del propio trimestre, porque no hay año anterior con el que comparar. La exoneración se revisa cada año: si cambia tu tipo de cliente, puede cambiar tu obligación.

Que no tengas que presentarlo no significa que no pagues

Si estás exonerado es porque tus clientes ya van ingresando a Hacienda la retención que te practican. El IRPF de tu actividad se sigue pagando, solo que por otra vía. Lo que te retienen lo descuentas después en la renta.

Cómo se calcula el modelo 130

El cálculo es siempre acumulado desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que declaras. Paso a paso:

  1. 1Sumas los ingresos de la actividad del año hasta la fecha y restas los [gastos deducibles](/blog/gastos-deducibles-autonomo). Eso es el rendimiento neto acumulado.
  2. 2Calculas el 20 % de ese rendimiento neto.
  3. 3Restas lo que ya pagaste en los modelos 130 anteriores del mismo año.
  4. 4Restas las retenciones que te hayan practicado en las facturas del año hasta la fecha.
  5. 5Si te corresponde, restas la deducción por rendimientos bajos (ver más abajo).
  6. 6El resultado es lo que pagas ese trimestre. Si sale cero o negativo, no pagas nada, pero el modelo se presenta igualmente.

Por qué se resta lo ya pagado

Como cada trimestre recalculas todo el año, el 20 % del segundo trimestre ya incluye lo que ganaste en el primero. Restar lo pagado en el primero evita pagar dos veces por los mismos ingresos.

Ejemplo práctico del modelo 130, trimestre a trimestre

Una autónoma que factura a particulares (sin retención) y tiene estos datos acumulados:

  • Primer trimestre: ingresos 12.000 €, gastos 4.500 €. Rendimiento neto acumulado 7.500 €. El 20 % son 1.500 €. No hay pagos anteriores: paga 1.500 €.
  • Segundo trimestre: ingresos acumulados 26.000 €, gastos acumulados 9.000 €. Rendimiento acumulado 17.000 €. El 20 % son 3.400 €. Menos los 1.500 € del primero: paga 1.900 €.
  • Tercer trimestre: ingresos acumulados 33.000 €, gastos acumulados 15.000 € (un verano flojo con muchos gastos). Rendimiento acumulado 18.000 €. El 20 % son 3.600 €. Menos 3.400 € ya pagados: paga 200 €.
  • Cuarto trimestre: ingresos acumulados 45.000 €, gastos acumulados 20.000 €. Rendimiento acumulado 25.000 €. El 20 % son 5.000 €. Menos 3.600 € ya pagados: paga 1.400 €.

En total ha adelantado 5.000 € de IRPF durante el año. En la renta se calcula el impuesto real con todos sus ingresos y situación personal, y de ahí se restan esos 5.000 €.

Si esa misma autónoma hubiera tenido retenciones en alguna factura (por ejemplo, 700 € retenidos en el año hasta el segundo trimestre), en el segundo trimestre restaría también esos 700 € y pagaría 1.200 € en vez de 1.900 €. Cómo funcionan esas retenciones lo explicamos en el IRPF en la factura.

La deducción por rendimientos bajos

Si en el año anterior tus rendimientos netos de actividades económicas fueron bajos, puedes restar una cantidad fija en cada trimestre:

  • Hasta 9.000 €: 100 € por trimestre.
  • De 9.000,01 € a 10.000 €: 75 € por trimestre.
  • De 10.000,01 € a 11.000 €: 50 € por trimestre.
  • De 11.000,01 € a 12.000 €: 25 € por trimestre.

Se resta en cada trimestre, al final del cálculo, así que en el tramo más bajo son 400 € menos de adelanto al año. Es poco dinero, pero se olvida mucho.

Plazos del modelo 130

Se presenta cada trimestre, en estas fechas:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Son las mismas fechas que el modelo 303 de IVA, así que lo normal es preparar los dos a la vez. Si el último día cae en festivo o fin de semana, el plazo se alarga al siguiente día hábil.

Cómo se paga el modelo 130

El 130 se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital o Cl@ve. Para pagar tienes varias opciones:

  • Domiciliación bancaria: Hacienda lo carga en tu cuenta el último día del plazo. Para domiciliar hay que presentar antes: hasta el día 15 en los tres primeros trimestres y hasta el 25 de enero en el cuarto.
  • Cargo en cuenta o tarjeta en el momento de presentar, desde la propia sede.
  • NRC del banco: pagas primero en tu banca online, que te da un número de referencia, y lo usas al presentar.

Si el resultado es cero o negativo, se presenta igual, sin pago. Un resultado negativo no se devuelve en ese momento: como el cálculo es acumulado, se compensa solo en los trimestres siguientes del año y, si al final sobra, se recupera en la renta.

Qué pasa si lo presentas tarde

Si lo presentas fuera de plazo sin que Hacienda te lo haya pedido, no hay sanción, pero sí un recargo: un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta los doce meses. Pasado un año, el recargo es del 15 % más intereses de demora. Si es Hacienda quien te requiere, ya puede haber sanción. Por eso, aunque el resultado salga a cero, conviene presentarlo siempre a tiempo.

Relación con el modelo 303

El 130 y el modelo 303 van en las mismas fechas pero son impuestos distintos. El 130 es IRPF, un adelanto de tu impuesto sobre la renta, y se calcula sobre lo que ganas (ingresos menos gastos). El 303 es IVA, el impuesto que cobras a tus clientes y pagas a tus proveedores, y se calcula sobre lo que facturas y compras. Por eso en el 130 los ingresos y gastos van sin IVA. No se compensan entre sí, aunque los dos salen de las mismas facturas y gastos del trimestre.

Cómo llevarlo sin sustos

Todo depende de tener bien registrados los ingresos y los gastos deducibles según van llegando. Si las facturas que emites y los gastos que capturas están en el mismo sitio, el rendimiento acumulado y el 20 % salen calculados cada trimestre, con lo ya pagado restado. Es lo que hace el área de impuestos de Saldia, tanto si acabas de darte de alta como si llevas años como autónomo. Y si la mayoría de tus clientes te retienen, verás de un vistazo si te acercas al 70 % que te libra de presentarlo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga en el modelo 130?+

El 20 % del rendimiento neto acumulado del año (ingresos menos gastos deducibles, sin IVA), menos lo ya pagado en trimestres anteriores, las retenciones soportadas y, si te corresponde, la deducción por rendimientos bajos.

¿Todos los autónomos presentan el modelo 130?+

Lo presentan los autónomos en estimación directa. Los profesionales que el año anterior tuvieron al menos el 70 % de sus ingresos con retención están exonerados, y quienes tributan en módulos presentan el modelo 131.

¿Cuándo se presenta el modelo 130?+

Del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero para el cuarto. Si quieres domiciliar el pago, hasta el día 15 (o el 25 de enero en el cuarto trimestre).

¿El modelo 130 es un impuesto aparte del IRPF de la renta?+

No. Es un pago a cuenta del mismo IRPF: lo que adelantas cada trimestre se resta de la cuota final en la declaración de la renta.

¿Qué pasa si un trimestre tengo pérdidas?+

Si el cálculo sale cero o negativo, ese trimestre no pagas, pero tienes que presentar el modelo igualmente. El resultado negativo no se devuelve en el momento: se compensa en los trimestres siguientes del año o en la renta.

¿El IVA cuenta en el modelo 130?+

No. Los ingresos y los gastos del 130 se toman sin IVA. El IVA va en el modelo 303, que se presenta en las mismas fechas pero es un impuesto distinto.